La Asociación Lengua Común ha participado en la redacción y se suscribe al Manifiesto por la igualdad de los derechos lingüísticos de los castellanohablantres en toda España, presentado el pasado lunes 6 de Junio.
Consideramos que la lengua en la que libremente se expresan los ciudadanos no debe ser objeto de ley por parte de ninguna administración pública, y que la única obligación y derecho de los ciudadanos son los recogidos en la Constitución Española respecto de la Lengua Española.
POR LA IGUALDAD DE LOS DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS CASTELLANOHABLANTES EN TODA ESPAÑA
Los que promovemos este manifiesto somos ciudadanos castellanohablantes que residimos en comunidades autónomas con diversidad lingüística: Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Baleares, Navarra, País Vasco, Asturias y Galicia.
El castellano está reconocido como lengua oficial en toda España. Nuestra peculiaridad consiste en que compartimos espacio con otros ciudadanos que tienen como lengua materna o de identificación otra lengua española, también reconocida como oficial en toda o en parte de una comunidad autónoma, o bien una modalidad lingüística que se habla en ciertas zonas.
Para nosotros, las políticas de los poderes públicos deben basarse en el respeto a la diversidad, en el principio de paz lingüística entre las distintas comunidades lingüísticas que comparten un territorio, y en el reconocimiento de los derechos lingüísticos de sus integrantes.
Los castellanohablantes de territorios monolingües tienen reconocidos estos derechos y pueden ejercerlos sin dificultad. Sin embargo, esto no sucede en las comunidades autónomas donde coexisten diversos idiomas oficiales. En ellas se está confundiendo el legítimo derecho al uso de las lenguas regionales, con la marginación y creciente vulneración de los derechos lingüísticos de la comunidad castellanohablante que allí reside.
La Constitución reconoce el derecho de los españoles a no ser discriminados por razón de origen, y establece que ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento en el territorio nacional. El ejercicio de este derecho actualmente no es completo, y su limitación perjudica, especialmente, a quienes tienen hijos en edad escolar.
El conflicto lingüístico existe y tiene su base, entre otras razones, en el desigual tratamiento dado a los derechos la comunidad castellanohablante en algunas zonas de España, lo que ha ocasionado situaciones de evidente discriminación.
Por lo tanto, consideramos esencial sentar las bases para solventar este problema. Corresponde a los Poderes Públicos del Estado regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos. En este sentido, PROCLAMAMOS:
1) Que todas las lenguas y modalidades lingüísticas españolas deben ser objeto de una regulación equilibrada y garantista para sus hablantes.
2) Que la declaración constitucional de lengua oficial del castellano conlleva el reconocimiento legal de, al menos, los siguientes derechos lingüísticos a la comunidad castellanohablante en toda España:
a.- El derecho a recibir la enseñanza en castellano.
b.- El derecho a dirigirnos en castellano a cualquier Administración Pública, y a ser atendido en nuestro idioma sin demora y sin obligaciones añadidas.
c.- El derecho a disponer en castellano de impresos oficiales, información y rotulación pública, así como de las indicaciones escritas en la señalización viaria.
d.- El reconocimiento de la oficialidad plena del castellano en la redacción de cualquier documento público.
e.- El derecho de las empresas privadas a establecer el castellano como lengua de trabajo y a relacionarse y comunicarse con sus clientes en este idioma.
f.- El derecho a desarrollar actividades culturales y a disponer de servicios culturales en castellano, así como a una presencia equilibrada de nuestro idioma en los medios públicos de comunicación.
3) Que los Poderes Públicos y las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben actuar como garantes y facilitar el ejercicio de estos derechos en todo el territorio nacional.
4) Que el reconocimiento y el ejercicio de estos derechos ha de ser compatible con el respeto y pleno desarrollo de los derechos de los ciudadanos de otras comunidades lingüísticas en los territorios con cooficialidad lingüística.
En Madrid, a seis de junio de dos mil dieciséis.